subasta inversa electronica(Por: Roger Iván / Ancash) Enviado el: lunes 28/12/2009 10:03:11 Quisiera saber en el caso de una ADS-Combustible, por subasta inversa electronica, cuando esta ha sido declarada DESIERTA(UN SOLO POSTOR), procede una 2da convocatoria, pero el plazo se recorta al de una AMC como dice la LEY Art. 32, y si al realizar la 2da convocatoria se puede modificar las bases. GRACIAS. |
REF. SIE declarada desierta(Por: Elwis Leonardo / Moquegua) Enviado el: jueves 31/12/2009 15:09:46 Hola Roger.
Dejame recordarte lo siguiente:
1.- La declaratoria de desierto de un proceso distinta a una MC y fuese cualquiera su modalidad, es decir, proceso clasico, subasta presencial o electronica, la siguiente convocatoria correspondiente sera una MC, para el caso planteado seria entonces una MC ya sea Subasta Inversa presencial o continuar siendo electronica (Directiva 06-2009-OSCE/CD)
2.- El termino 'segunda convocatoria' se menciona solo en procesos de MC ya sean derivadas de otro proceso o no, xq se repetiria el tipo de proceso y su numeracion. Por eso en tu pregunta del ADS desierto lo correcto debio indicarse que 'la siguiente convocatoria seria una MC ......'
3.- Siendo un proceso ADS desierto que derivara a una MC, entonces es necesario adecuar las bases originales al nuevo tipo proceso. Sabiendo que un proceso declarado desierto el Comite debera informar las posibles causales de dicha declaratoria, entonces las bases pueden ser modificadas con el proposito de que no ocurra denuevo el desierto, siempre que no afecte el alcance de los RTM y la calidad de lo requerido. Y por supuesto estas nuevas bases tendran que ser nuevamente aprobadas.
Espero que te haya servido en algo.
Saludos y Feliz Año 2010
ECE Ing. Elwis Quispe Miranda
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