(Por: Rudy Geronimo / Cusco) Enviado el: miércoles 27/04/2011 09:35:44La Entidad ha convocado una Licitación Pública por relación de ítems para la adquisición de materiales de limpieza y ha otorgado la Buena Pro de los ítems 1 y 2 al mismo proveedor. •El valor referencial del ítem 1 corresponde al monto para una Adjudicación Directa Pública. En este caso, la Entidad gestionará la suscripción del contrato respectivo y será necesaria la presentación previa de una garantía de fiel cumplimiento del contrato. •El valor referencial del ítem 2 corresponde al monto para una Adjudicación de Menor Cuantía. Corresponderá girar una orden de compra y no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del contrato, en aplicación del inciso 1 del Artículo 161º del Reglamento. es esto correcto???
(Por: Juan Carlos / Tacna) Enviado el: martes 26/07/2011 16:08:14Es correcto lo que expresas.